ECONOMÍA
GOBIERNO CONGELA POR 12 MESES EL PRECIO DE LOS COMBUSTIBLES Y DISPONE SU AJUSTE POSTERIOR AL MERCADO INTERNACIONAL
El Decreto Supremo 5652 mantiene sin cambios durante un año los precios de la gasolina, el diésel y otros combustibles. Concluido ese periodo, el valor de los carburantes se calculará mediante una fórmula vinculada al precio internacional del petróleo y al tipo de cambio oficial.
El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 5652, que congela por los próximos 12 meses los precios de los combustibles en el mercado interno y establece un nuevo mecanismo para determinar su costo una vez concluya el periodo transitorio.
Con la nueva disposición, la gasolina especial continuará costando Bs 6,96 por litro y el diésel Bs 9,80, sin modificaciones durante el próximo año. La medida también alcanza al Gas Natural Vehicular (GNV), al Gas Licuado de Petróleo (GLP) y a las gasolinas de aviación.
La norma amplía el periodo transitorio establecido anteriormente por el Decreto Supremo 5516, garantizando que los precios permanezcan congelados mientras el país continúa adecuándose al nuevo régimen de tipo de cambio flexible.
Nueva fórmula para calcular los precios
Una vez cumplidos los 12 meses, el precio de la gasolina, el diésel y otros derivados del petróleo será calculado mediante una fórmula que tomará en cuenta el valor internacional del combustible, el tipo de cambio promedio oficial del último mes y un factor de ajuste establecido por el decreto.
Según la norma, este mecanismo permitirá que los precios internos reflejen la evolución del mercado internacional y del dólar, aunque manteniendo un componente de subsidio cuando el tipo de cambio oficial supere los Bs 10,40.
Recursos para garantizar el abastecimiento
El Decreto Supremo 5652 también autoriza al Ministerio de Economía a destinar hasta Bs 1.000 millones a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) para cubrir el diferencial entre los costos de importación del petróleo crudo y el precio de paridad de importación.
Asimismo, la disposición establece que el Ministerio podrá ampliar ese monto cuando exista un requerimiento debidamente respaldado y certificado por el Ministerio de Hidrocarburos o la entidad reguladora correspondiente.
Con esta medida, el Gobierno busca garantizar el abastecimiento de combustibles durante el periodo de transición y definir un mecanismo de ajuste gradual acorde con las condiciones del mercado internacional.
