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CIUDADANOS AMANECEN EN EL TED DE LA PAZ PARA PRESENTAR EXCUSAS COMO JURADOS ELECTORALES

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Largas filas se formaron desde las primeras horas de la madrugada en puertas del Tribunal Electoral Departamental (TED) de La Paz, ubicado en la zona 20 de Octubre. Decenas de personas llegaron incluso antes de las 6:00 a.m. con la esperanza de ser atendidas con rapidez, pese a que la atención al público inicia a las 08:30 y se extiende hasta las 16:00 de manera continua, hasta el domingo 27 de julio.

El motivo: excusarse de cumplir funciones como jurados electorales en los comicios generales del 17 de agosto. Ante la cercanía de la fecha límite para este trámite, el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) habilitó también la plataforma digital https://plataforma-ciudadana.oep.org.bo, donde los ciudadanos pueden realizar el proceso en línea, creando una cuenta personal. Para quienes necesiten orientación, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) publicó un video tutorial con instrucciones claras en sus redes sociales oficiales.

Según normativa vigente, el OEP estableció diez causales válidas para que una persona sorteada pueda excusarse de cumplir como jurado electoral:

1. Enfermedad: Presentar certificado médico, baja médica del seguro, formulario autorizado por el Ministerio de Salud (trabajadores independientes), certificación de centro de salud rural o certificado del país de residencia si se está en el exterior.

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2. Embarazo: Presentar certificado médico o copia del control prenatal.

3. Fuerza mayor: Acreditar mediante certificación de autoridad pública o publicaciones de prensa, en caso de desastres naturales.

4. Caso fortuito: Accidente, viajes o cambio laboral deben justificarse con certificado médico, pasajes o documento de la autoridad laboral.

5. Dirigencia política: Presentar certificación del TSE o TED.

6. Candidaturas: Adjuntar certificado del TSE o TED, formulario de inscripción o publicación en medios.

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7. Servicios esenciales: Personal médico de emergencia y trabajadores de prensa deben presentar certificado laboral que indique su trabajo durante el día de la elección.

8. Adultos mayores de 60 años: Presentar fotocopia de la cédula de identidad.

9. Dependencia de personas con discapacidad o enfermedades graves: Acreditar la condición de la persona cuidada y el vínculo con el jurado.

10. Cuidado de menores lactantes (hasta 2 años): Presentar fotocopia del certificado de nacimiento del menor.

Quienes cumplan con estos requisitos tienen la posibilidad de justificar su inasistencia y evitar sanciones.

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